jueves, 8 de noviembre de 2007

PERSONA

PERSONA

En roma lo que interesa de los hombres es su situación jurídica (status) en la sociedad y en la familia, y no como en el derecho actual el sujeto de derecho.

Diferencia entre hombre y persona: hombre habla de la unidad biologica psicofísica. Una mente racional contenida en un cuerpo, incluye a la mujer y al varón. En cambio persona hace referencia al rol de alguien. Sería la consideración cualitativa de algo del hombre. Esa qualitatis desde la cual el ius considera al hombre es su status.

La persona es el hombre considerado con su status. El esclavo es mero hombre, no tiene status.
El status mas elevado es el de pater familias (libre ciudadano romano, sui iuris), los demás status son situaciones intermedias.

Status es una quilitas que acompaña al hombre-persona. Esas cualidades van aumentando o disminuyendo.

Comienzo y fin de la persona.
Para los romanos la persona comienza desde la concepción, si bien para efectivizar ciertos derechos hay que esperar que nazca con vida. Al hijo concebido se lo considera entre los herederos y tiene la bonorum possessio.

Para considerar nacida a una persona es necesaria la separación del claustro materno, y si existe duda acerca de si nació vivo a muerto, si hubo algun signo vital nació vivo. El nacido además debe tener figura humana.

La extinción de la persona ocurre con la muerte. Que es un hecho que debe ser probado por quien pretenda gozar de alguna situación jurídica del fallecido.
Conmorientes: si el hijo era púber se entiende que sobrevivió al padre, si el hijo era impúber se presume que murió antes que el padre (Justiniano). Antes se consideraba que murieron al mismo tiempo.
Ausente: se lo considera muerto luego de haber vivido 100 años (luego 70).

Status y capitis deminutio:
Es un cambio del status de alguien. Puede ser máxima cuando se pierde la ciudadanía y la libertad, media cuando se pierde la ciudadanía, mínima cuando se modifica su situación en la familia.


STATUS CIVITATIS

La posición jurídica que un hombre libre ocupa dentro de la civitas. Se puede distinguir entre ciudadanos romanos, latinos y peregrinos.
Ciudadanos romanos: tienen la ciudadanía plena y gozan de la totalidad de los derechos políticos, de realizar actos y negocios propios, de contraer nupcias. Por lo general la ciudadanía se obtiene por ser concebido por padres romanos unidos en iustae nuptiae, pero se podía obtener por manumisión de un esclavo, por voluntad del populus.
Se pierde la ciudadanía por: capitis deminutio maxima y media o por destierro.

Latinos: estaban en una situación intermedia. Los latini veteres: antiguos habitantes del latium. Latini coloniarii: habitantes de las colonias (conquistados)

Peregrinos: pertenecientes a otras comunidades que se habían integrado a roma. Tenían ciertos derechos a diferencia de los bárbaros.

STATUS FAMILIAE

Situación en que se halla los hobres libres y ciudadanos dentro de una determinada familia.
La plena capacidad la tiene el pater familias, que es el unico sui iuris.
Los demás integrantes de la familia con alieni iuris, los fili sometidos a la PP, la mujer (uxor) sujeta a la manus.

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